Los Negocios digitales deben estar atentos a lo siguiente:
Debes saber que en México se ajustaron la Ley del ISR y la Ley del IVA para adaptarse a las nuevas realidades fiscales, estableciendo dos formas de tributación basadas en el tipo de actividad digital.
ISR
La retención del ISR es realizada por personas morales residentes en México o en el extranjero, así como por entidades extranjeras que operen plataformas digitales.
Tasas de Retención ISR:
– Transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes: 2.1%
– Servicios de hospedaje: 4%
– Venta de bienes y prestación de servicios: 1%
Retención Definitiva:
Los contribuyentes que elijan la retención como pago definitivo deben conservar sus comprobantes fiscales y no podrán cambiar esta opción durante cinco años.
Requisitos para la retención Definitiva:
– Ingresos exclusivamente de actividades digitales no superiores a 300 mil pesos anuales.
– Nuevas actividades que se estimen no superar esa cantidad, calculadas proporcionalmente.
– Ingresos adicionales por sueldos y salarios e intereses.